Sheij Salih Suhaymi
Pregunta: Una mujer musulmana extranjera cuya familia es incrédula, le impide efectuar la oración y el ayuno, así que ella entra en el cuarto de baño para realizar la oración, ya que es el único lugar donde ella tiene la capacidad de rezar. ¿Tiene derecho ella a rezar en este lugar? y ¿cuál es el juicio de la oración en este sitio?
Respuesta: Si el cumplimiento de la oración le expone a un peligro de muerte o asesinato, se le permite realizar la oración haciendo gestos con la cabeza solamente, sin que ellos se den cuenta, en lugar de rezar en el cuarto de baño.
Así pues, ella efectúa la oración haciendo gestos con la cabeza, que se siente en su habitación, si tiene una habitación y que efectúe la oración allí, si eso es posible, de lo contrario, ella efectúa la oración asintiendo con la cabeza, solo con gestos.
También se le permite agrupar las oraciones, ya que tiene el mismo juicio que el enfermo.
De igual modo debe buscar una salida (solución), incluso si tiene que refugiarse en algunas minorías musulmanas presentes en ese país.
Tomado de: http://forum.daralhadith-sh.com/discussion/927/ses-parents-l039empechent-de-prier-a-t-elle-le-droit-de-prier-dans-la-salle-de-bain-
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Traducido al castellano por Umm Amina