Pregunta 2: ¿Se nos permite mentir en este caso o no: Un hombre que le pregunta por un asunto personal - confidencial - una acto prohibido cometido estando solo, y nadie fue testigo a excepción de Allah que le esconde este pecado. Entonces, debo yo decir la verdad, y deshonrarme a mí mismo, o más bien mentir? ¿Qué pasa si debemos jurar, es decir que tengamos que decir: juro por Allah que no has cometido tal acto prohibido?
Respuesta 2: No está permitido mentir, excepto en los casos precisados por el Profeta :
mentir para reconciliar a dos personas,
mentir cuando estamos en guerra (para engañar al enemigo),
mentir para reconciliar a un matrimonio y restaurar su vida conyugal.
El que cometa un pecado debe arrepentirse, sin darlo a conocer a los demás, a menos que se trate de los derechos del otro, como una injusticia o un abuso contra alguien. En este caso, se debe de mencionar el hecho, y dar a cada uno su derecho, cuando se trata de bienes, de pedir perdón, o cuando se trate de otra cosa.
Que Allah les conceda el éxito y que la paz y las bendiciones sean con nuestro Profeta Muhammad, su familia y sus compañeros. .
El Comité Permanente para la Investigación Académica y Ifta (Al-Ifta ')
http://www.alifta.com/fatawa/fatawaDetails.aspx?View=Page&PageID=10099&PageNo=1&BookID=9
Traducido al castellano por Umm Amina
الكذب في الإجابة على أمر سري
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