Ibn Al Qayyim (m.751) رحمه الله dijo:
"Cuando se reprueba el mal puede darse cuatro casos:
- El primer caso: que el mal desaparezca y de paso a su opuesto *.
- El segundo caso: que este disminuya, aunque no desaparezca por completo.
- El tercer caso: que esta reprobación ocasione un mal equivalente.
- El cuarto caso: que esta reprobación ocasione un mal mayor.
En los primeros dos casos, está legislado reprobarlo. En el tercero, está sujeto a esfuerzo de interpretación (Ijtihâd). En el cuarto caso, está prohibido reprobar a este mal".
* "Su opuesto": es decir el bien.
[I3lam al-Muwaqqi3in 3/12]
https://t.me/elconocimientolegislado
Tomado de: salafiyahathariyah.blogspot.com
Traducido al castellano por Umm Amina
Texto en castellano: https://alhamdulillahialalislamwasunnah.blogspot.com/2019/10/los-diferentes-casos-relacionados-con.html
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