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domingo, 29 de septiembre de 2024

¿Cuál es el dictamen sobre el sangrado de una mujer que sufre un aborto?

 


Pregunta: Si una mujer sufre un aborto, ¿cuál es el dictamen sobre el sangrado? ¿Es considerado como loquios o tiene el mismo dictamen que la menstruación?

Respuesta de Sheij Ibn Baz: Si el aborto ocurre después de que el feto haya comenzado a formarse y sea evidente que se trata de un ser humano, por ejemplo, si ya se distingue la cabeza o la mano, aunque de forma leve, entonces se considera como loquios (sangrado postparto). La mujer debe dejar de rezar y ayunar hasta que se purifique o complete los cuarenta días, ya que este es el límite del sangrado postparto. Si se purifica antes de ese tiempo, debe realizar el baño ritual (ghusl), rezar, ayunar y es lícito para su esposo mantener relaciones con ella. 

 Si el sangrado continúa, debe dejar de rezar, ayunar y no es lícito que su esposo mantenga relaciones con ella hasta completar los cuarenta días. Después de ese tiempo, debe realizar el ghusl, rezar, ayunar y puede mantener relaciones con su esposo, incluso si el sangrado persiste, ya que en este caso es considerado como sangrado irregular (istihada). Debe hacer las abluciones (wudú) para cada oración y tomar precauciones como en el caso de quienes tienen sangrado crónico o incontinencia urinaria.

En cambio, si el feto no se ha formado y no hay indicios de creación humana, como cuando es solo un pedazo de carne sin forma humana o solo sangre, este sangrado se considera como sangrado irregular. En este caso, la mujer debe rezar, ayunar, hacer abluciones para cada oración y tomar precauciones.

(Programa Noor ala al-Darb, cinta número 67, Colección de Fatwas y Artículos del Sheij Ibn Baz 10/228).

https://t.me/elconocimientolegislado

Texto en castellano: https://alhamdulillahialalislamwasunnah.blogspot.com/2024/09/cual-es-el-dictamen-sobre-el-sangrado.html


ما حكم الدم إذا أجهضت المرأة؟
س: إذا أجهضت المرأة، فما حكم الدم؟ هل هو دم نفاس؟ أو له حكم الحيض؟
ج: إن كان الإجهاض بعدما تخلق الطفل وبان أنه إنسان، كأن بان الرأس أو اليد ولو كان خفيًا، فإنه يكون نفاسًا، وعلى المرأة أن تدع الصلاة والصوم حتى تطهر، أو تكمل أربعين يومًا؛ لأن هذه نهاية النفاس، وإن طهرت قبل ذلك فعليها أن تغتسل وتصلي وتصوم وتحل لزوجها، فإن استمر معها الدم تركت الصلاة والصيام، ولم تحل لزوجها حتى تكمل الأربعين، فإذا أكملتها اغتسلت وصامت وصلت وحلت لزوجها، ولو كان معها الدم؛ لأنه دم فساد حينئذ؛ لأن ما زاد على أربعين يومًا يعتبر دم فساد، تتوضأ منه لكل صلاة، مع التحفظ منه، كالمستحاضة ومن به سلس البول.
أما إن كان لم يتخلق ولم يظهر ما يدل على خلق الإنسان فيه، كأن يكون قطعة لحم ليس فيها خلق إنسان أو مجرد دم، فإن هذا يعتبر دم فساد، تصلي وتصوم وتتوضأ لكل صلاة وتتحفظ جيدا[1].
برنامج نور على الدرب الشريط رقم (67)، (مجموع فتاوى ومقالات الشيخ ابن باز 10/ 228).

https://binbaz.org.sa/fatwas/3864/

sábado, 21 de septiembre de 2024

¿Debo recuperar las oraciones tras un aborto espontáneo en el tercer mes de embarazo?



Pregunta: Tuve un aborto espontáneo en mi tercer mes de embarazo, hace un año. No retomé la oración hasta que me hube purificado. Me dijeron que debería haber rezado. ¿Qué debo hacer si no recuerdo el número exacto de días?

Respuesta de Sheij Ibn Uzaymin: Lo que es conocido entre los sabios es que la mujer que ha tenido un aborto espontáneo en el tercer mes de su embarazo no debe rezar; ya que cuando una mujer aborta un embrión cuya forma humana está claramente constituida, el sangrado que se produce se considera loquios, y no debe rezar en este estado. Los sabios sostienen que después de 81 días de embarazo, el embrión puede estar claramente formado. Esta duración es inferior a los tres meses que has mencionado. Por lo tanto, si estás segura de que tuviste un aborto espontáneo en el tercer mes de embarazo, entonces se trata de un sangrado postparto (loquios) y no tienes que rezar ni ayunar. Pero si tuviste el aborto espontáneo antes del tercer mes y antes de los 81 días, periodo que acordaron los sabios, el sangrado resultante es solo sangre anormal y no implica la suspensión del ayuno y las oraciones. Por consiguiente, deberás recuperar las oraciones no realizadas. Si no recuerdas el número exacto de días, debes hacer un esfuerzo razonable para estimar y completar todas las oraciones que consideres omitidas.

60 preguntas sobre la menstruación, pregunta 29

jueves, 19 de septiembre de 2024

El sangrado después de una aborto espontáneo


Pregunta: Cuando una mujer sufre un aborto espontáneo, ¿debe realizar sus oraciones y ayunar desde el momento en que fluye la sangre antes del aborto (involuntario) o se le aplica el mismo dictamen religioso que a la mujer que tiene la menstruación? ¿Cuál es el dictamen religioso de la expulsión de lo que se denomina "Owar" (el feto muerto en el útero)? En caso de aborto de dicho feto, ¿se considera que esta mujer está en estado de loquios o no?

Respuesta: Alabado sea Allah, que la paz y las bendiciones de Allah sean con el Profeta, su familia y sus compañeros. Después de este preámbulo:

-Si una mujer sufre un aborto espontáneo, cuando el feto es solo una adherencia o un embrión que aún no tiene apariencia humana, no se le considera en estado de loquios. El sangrado que tiene antes o después del aborto espontáneo no es más que sangre irregular. Le conviene ayunar y rezar, aunque continúe con ese sangrado. Sin embargo, debe realizar la ablución en el momento de cada oración y colocarse una compresa o algo similar.

-Pero, si el embrión abortado tiene forma humana, el juicio que se aplica entonces es el de la mujer en estado de loquios. No se le permite rezar, ayunar y tener relaciones sexuales con su marido hasta que esté purificada o hayan pasado los cuarenta días. Tan pronto se purifique (ghusl), incluso si no han transcurrido los cuarenta días, se purifica, reza, ayuna y puede mantener relaciones carnales con su marido.

Que Allah le conceda éxito y que la paz y las bendiciones de Allah sean con nuestro Profeta Muhammad, con su familia y compañeros.

La primera pregunta de la Fatwa número 2012
(Parte nº: 5, Número de página: 419)
alifta.net
Traducción al castellano: https://t.me/elconocimientolegislado

 

حكم من سقط حملها

س1: إذا أسقطت المرأة فهل عليها أن تصلي وتصوم من وقت خروج الدم قبل الإسقاط، أم أن حكمها حكم الحائض؟ ولو فرض أن ارتفع ما يسمى بالعوار فما الحكم؟ وفي حالة الإسقاط هل يكون هناك نفاس أم لا؟
جـ1: الحمد لله وحده، والصلاة والسلام على رسوله وآله وصحبه.. وبعد
إذا أسقطت المرأة علقة أو مضغة لم يظهر فيها خلق الإنسان فلا نفاس عليها، وما خرج منها من الدم قبيل الإسقاط وبعده يعتبر دم فساد، تصوم وتصلي مع وجوده، وتتوضأ لكل صلاة، وتتحفظ منه بقطن ونحوه، أما إن سقط منها ما تبين فيه خلق إنسان فحكمها حكم النفساء، تدع الصلاة والصيام، ويجتنبها زوجها حتى تطهر أو تكمل أربعين يومًا، فإذا طهرت قبل الأربعين اغتسلت وصلت وحَلَّ لها الصوم وحَلَّت لزوجها، ولو كان ذلك قبل إكمال الأربعين
وبالله التوفيق، وصلى الله على نبينا محمد وآله وصحبه وسلم

(الجزء رقم : 5، الصفحة رقم: 460)
السؤال الأول من الفتوى رقم - 2012

 

Comité permanent [des savants] de l'Ifta - اللجنة الدائمة للبحوث العلمية والإفتاء