Páginas

domingo, 21 de octubre de 2012

Atacar a los turistas o a los visitantes extranjeros en un país islámico✅



 



Pregunta: ¿Qué hay sobre tomarla con los turistas y visitantes extranjeros en un país islámico?

Respuesta: ¡Esto no está permitido!
¡Atentar hacia otros no es aceptable, sea quien sea!

Ya sean turistas o trabajadores [extranjeros], porque ellos están en realidad bajo la protección (del gobernante), entraron en [el país] con toda confianza y por lo tanto, es inconcebible tomarla con ellos.

Debemos dirigirnos al gobierno, que por su parte, impedirá algunas exhibiciones aparentes proveniente de ellos.

¡Pero de ahí, a tomarla con ellos esto no está permitido! La gente común no tiene que matar ni golpear ni dañar a nadie, esto es asunto de los gobernantes ya que al tomarla con ellos se llegaría a atacar a gente que están en [el país] con toda confianza y por lo tanto no es aceptable.

Su asunto compite a aquel que tiene la capacidad de evitar que entren en [el país] o de cometer actos censurables de manera aparente.

Sin embargo, si se trata de musulmanes, debemos aconsejarles y llamarles al Islam o bien invitarles a abandonar lo que está mal, esto es sin duda recomendable, ya que esto se desprende de pruebas conformes a la legislación islámica.

Oua Allah Al mousta'an, no hay poder ni fuerza sino por Allah.

Que la paz y las bendiciones sean con nuestro Profeta Muhammad, sobre su familia y compañeros.

Fuente: - Ministerio de Asuntos Islámicos, de Waqfs , de la llamada y de la Orientación -
Majmu 'Fatawa No. 89 - - Sheikh Ibn' Abd al Aziz ibn Baz (rahimahou Allah).
Traducción: por Ibn Hamza Al Djazairy
copiado Salafiyyah-contra-terrorisme.over-blog.com
Shaykh Abdul-Aziz Ibn Abdi-llah 'Ibn Baaz
http://3ilm.char3i.over-blog.com/article-28568407.html
Traducido  al castellano por Umm Amina 




الاعتداء على زوار البلاد الإسلامية
س : ما حكم الاعتداء على الأجانب السياح والزوار في البلاد الإسلامية ؟
الجواب : هذا لا يجوز ، الاعتداء لا يجوز على أي أحد ، سواء كانوا سياحا أو عمالا ؛ لأنهم مستأمنون ، دخلوا بالأمان ، فلا يجوز الاعتداء عليهم ، ولكن تناصح الدولة حتى تمنعهم مما لا ينبغي إظهاره ، أما الاعتداء عليهم فلا يجوز ، أما أفراد الناس فليس لهم أن يقتلوهم أو يضربوهم أو يؤذوهم ، بل عليهم أن يرفعوا الأمر إلى ولاة الأمور ؛ لأن التعدي عليهم تعد على أناس قد دخلوا بالأمان فلا يجوز التعدي عليهم ، ولكن يرفع أمرهم إلى من يستطع منع دخولهم أو منعهم من ذلك المنكر الظاهر أما نصيحتهم ودعوتهم إلى الإسلام أو إلى ترك المنكر إن كانوا مسلمين فهذا مطلوب ، وتعمه الأدلة الشرعية ، والله المستعان ، ولا حول ولا قوة إلا بالله . وصلى الله وسلم على نبينا محمد وآله وصحبه
[مجموع الفتاوى 89]
Sheij 'Abdel-'Azîz Ibn 'Abdi-llâh Ibn Bâz - الشيخ عبدالعزيز بن عبدالله بن باز