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domingo, 17 de julio de 2016

Aquel que debe un día de Ramadán y a continuación no lo reemplaza sino el segundo año, ¿debe una expiación con la recuperación (del día) o no?✅



(La pregunta del audio difiere del texto transcrito: el olvido no fue mencionado)

Pregunta: Aquel que debe un día de Ramadán y a continuación no lo reemplaza sino el segundo año, ¿debe una expiación con la recuperación (del día) o no?

Sheij Muqbil: Allah SobhanaHu wa ta'ala ha dicho (Traducción aproximada){Quienquiera de vosotros esté enfermo o de viaje, que ayune (más tarde) un número igual de días}. Si él debía un día de Ramadán y no le fue fácil reemplazarlo sino en otro año entonces entre la gente de conocimiento hay quienes le imponen expiarlo y esto se hace alimentando a un pobre. Pero aquí no hay ninguna evidencia de esto. Por lo tanto nada se le impone excepto ayunar un día, en sustitución.

السؤال:
من فاته يوم من رمضان ثم نسي أن يقضيه إلا في العام الثاني فهل عليه كفارة مع القضاء أم لا ؟
الإجابة:
الله سبحانه وتعالى يقول : " فمن كان منكم مريضاً أو على سفر فعدة من أيام أخر " .
إذا فاته يوم من رمضان ولم يتسير له قضاءه إلا في عام آخر ، فمن أهل العلم من يلزمه بكفاره وهو إطعام مسكين ، لكن ليس هناك دليل على هذا .
فليس عليه إلا أن يصوم يوماً مكانه .

من شريط : ( اسئلة الإذاعة بالحديدة ) .


لسماع الفتوى الصوتية :

http://www.muqbel.net/fatwa.php?fatwa_id=1222
Fuente: http://salafiyahathariyah.blogspot.com/2016/06/celui-qui-devait-un-jour-de-ramadhan.html
Traducido al castellano por Umm Amina

Fuente en castellano: http://alhamdulillahialalislamwasunnah.blogspot.com/2016/07/aquel-que-debe-un-dia-de-ramadan-y.html